Contrato para trabajadores minusválidos

NORMATIVA LEGAL
Ley 13/82 . Real Decreto 1.451/83

OBJETO
Fomentar el empleo de trabajadores minusválidos.

REQUISITOS PARA LA EMPRESA
Solicitar el trabajador a la oficina de empleo, indicando los puestos a cubrir, sus características técnicas y la capacidad que debe tener el trabajador.

REQUISITOS PARA EL TRABAJADOR
Tener una disminución de su capacidad del 33 % como mínimo. Deberá estar inscrito en el registro correspondiente de la oficina de empleo.

FORMA DEL CONTRATO
Por escrito y en modelo oficial.

PERIODO DE PRUEBA
En defecto de pacto en convenio colectivo, no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de 2 meses en empresas de más de 25 trabajadores y de 3 meses en las de menos de 25

DURACION Y PRORROGAS
Por tiempo indefinido y a jornada completa.

EXTINCION Y FINALIZACIÓN CONTRATO
No existen causas especiales

RETRIBUCION
Se aplicarán las normas generales

COTIZACION
Se aplicarán las normas generales.
Reducción de las cuotas empresariales de la Seguridad Social del 70 % para los trabajadores menores de 45 años y del 90 % para los mayores de 45 años.

INCENTIVOS
Subvención de 500.000 pesetas, obligándose el empresario a mantener la estabilidad en el empleo de estos trabajadores por tres años.
Deducción de 700.000 pesetas de la cuota del I.R.P.F. (salvo empresarios acogidos al régimen de estimación objetiva singular) o de la del impuesto de Sociedades, si supone un incremento promedio de la plantilla de trabajadores minusválidos

NORMAS DE TRAMITACION
Copia básica (10 días).
Registro en el INEM (10 días).Acompañando solicitud de alta en S. S. y certificado de minusvalía.